Es de suma importancia comunicar a la población que la red de gas local ya cuenta con el fluido energético sus cañerías. Es un avance muy importante para nuestra localidad que por muchos años añoró contar con dicho servicio. Próximamente se procederá a la inauguración formal de esta importante obra por el Gobernador de la Provincia cuando este lo considere oportuno.
Esto no implica que ya pueden hacerse instalaciones domiciliarias, las que llegado el momento deberán ser habilitadas y supervisadas por personal matriculado.
Además se recuerda que mediante la Resolución N° 11/20DEM, se establece la necesidad de que, en forma previa a la realización de trabajos que requieran de excavaciones y/o perforaciones en la vía pública, se deberá informar dicha circunstancia por escrito al Municipio, con determinación del área específica en la que se pretende realizar la intervención a fin de recibir el asesoramiento necesario de parte del Área Técnica y en caso de considerarlo oportuno, ésta proceda a la vigilancia de la tarea para evitar y/o rupturas en el tendido de gas y/o fibra óptica.
Atento a la gravedad que implicaría la ocurrencia de algún tipo de daño sobre las redes mencionadas, y la responsabilidad que traería aparejada, solicitamos tengan a bien proceder en la forma requerida.
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SALUDO POR EL DÍA DEL NIÑO
AVANCE EN EL CUIDADO DE NUESTRA LOCALIDAD
ENTREGA DE LLAVES PLAN DE AHORRO MUNICIPAL PARA VIVIENDAS
El pasado unes 10 de agosto, en horas de la mañana, el Sr. Intendente de Caseros Ramón Cornejo junto a la Secretaria de Gobierno Sra. Julieta Scevola y al Arquitecto Alejandro Mazaeda, realizaron una nueva entrega de llaves. Dicha entrega fue realizada al Sr. Javier R. Siegrist, correspondiente a una vivienda Prototipo II.
DECRETO N° 119/20DEM
POR ELLO:
EL PRESIDENTE MUNICIPAL
DECRETA:
Artículo 1°): Adherir al Decreto Provincial 1160 GOB y AUTORIZAR EXPRESAMENTE EN LA LOCALIDAD: Bochas, Karting, Patín Artístico.-
Artículo 2º): Asumir como parte del protocolo de la actividad, la parte pertinente de lo dispuesto en el anexo del Decreto Provincial N° 1160/20, que pasa a integrar el presente como anexo I.-
Artículo 3º): Asumir como parte del protocolo de la actividad BOCHAS, la parte pertinente de lo dispuesto en el anexo del Decreto Provincial N° 1160/20, que pasa a integrar el presente como anexo I, y el protocolo específico para Bochas, aprobado por el COES local que integra el presente como Anexo II.-
Artículo 4º): Asumir como parte del protocolo de la actividad KARTING modalidad Prueba, la parte pertinente de lo dispuesto en el anexo del Decreto Provincial N° 1160/20, que pasa a integrar el presente como anexo I, y el protocolo específico para Karting, aprobado por el COES local que integra el presente como Anexo III.-
Artículo 5º): Asumir como parte del protocolo de la actividad PATIN ARTISTICO, la parte pertinente de lo dispuesto en el anexo del Decreto Provincial N° 1160/20, que pasa a integrar el presente como anexo I, y el protocolo específico para Patín Artístico, aprobado por el COES local que integra el presente como Anexo IV.-
Artículo 6º): Establecer como horario límite para el desarrollo de las actividades deportivas autorizadas por medio del presente las 21,00 hs.-
Artículo 7°): Establecer como edad mínima para el desarrollo de las actividades deportivas autorizadas por medio del presente los 10 años.-
Artículo 8°): Es responsabilidad del propietario del lugar donde se desarrolla la actividad deportiva y/o del encargado de la misma el cumplimiento estricto de los protocolos correspondientes a cada una de ellas.