La Municipalidad de Caseros mediante el Decreto N° 102/20 DEM, determina que las autorizaciones que se otorgan por el presente son excepcionales, y no implican habilitación comercial municipal, entendiéndose como una “HABILITACIÓN ESPECIAL PARA GIMNASIOS EN RAZÓN DE LA SITUACIÓN DE EMERGENCIA SANITARIA”, para la realización de la actividad. Previo a la apertura, el Municipio por medio del Área de Inspección constatará de acuerdo a las características edilicias del local, la posibilidad de dar cumplimiento al protocolo adoptado para el rubro.
Previo cumplimiento e informe dispuesto anteriormente, autoriza en el ámbito de este municipio el funcionamiento de los Gimnasios.-
Asume como parte del protocolo de la actividad, lo dispuesto en el anexo del Decreto 1006/20, que pasa a integrar el presente como anexo I, además de lo que se dispone a continuación:
1.- La actividad queda reservada a los mayores de 12 años.-
2.- La concurrencia máxima simultánea deberá ser de 10 (diez) personas.-
3.- Se deberá llevar una planilla de ingreso en la que se registren diariamente los asistentes.-
4.- Los días y horarios serán de Lunes a Domingos de 08:00 a 19:30 horas..-
5.- Deberá existir por lo menos 15 minutos entre cada clase para la debida desinfección.-
Queda prohibido el ingreso de personas que no se domicilien en el ejido de la Municipalidad de Caseros.-